5.3.07

Ley de sociedades de convivencia!

Amigos, amigas, estimados lectores...

ésta es la buena nueva para todos. Un gran paso hacia una nueva vida, con reconocimiento a los derechos humanos, sin discriminación.

pueden ver la noticia aqui mismo o directamente en el link:

Publicarán mañana lineamientos para Ley de Sociedades de Convivencia

Con ello se homologa en un procedimiento ágil y sencillo la validación y el registro de acuerdos de este tipo entre dos personas, las cuales pueden ser del mismo sexo

http://www.eluniversal.com.mx/notas/410307.html

21:29 El gobierno capitalino publicará este lunes en la Gaceta Oficial los Lineamientos para la Constitución, Modificación, Adición, Ratificación, Registro y Aviso de Terminación de las Sociedades de Convivencia, cuya ley reglamentaria inicia su vigencia después del 16 de marzo.
Con ello se homologa en un procedimiento ágil y sencillo la validación y el registro de acuerdos de este tipo entre dos personas, las cuales pueden ser del mismo sexo, en todas las delegaciones políticas del Distrito Federal.

El anuncio lo hizo en entrevista el subsecretario de Gobierno, Juan José García Ochoa, quien precisó que de acuerdo con los lineamientos en todas y cada una de las 16 delegaciones políticas de la capital estarán disponibles tres formatos.

El primero de ellos es el referente a la Constitución de la Sociedad de Convivencia, el cual deberá ser llenado por los interesados con sus datos personales, y precisar en él si comparten su patrimonio, lo mantienen por separado o lo manejan de alguna manera especial, esto último en un anexo.

Este formato, y en su caso el anexo, deberá ser entregado a la Dirección Jurídica y de Gobierno de la delegación correspondiente acompañado de acta de nacimiento e identificación oficial vigente de los interesados y de dos testigos, en original y cuatro fotocopias.

La autoridad receptora le entrega una constancia foliada de la solicitud y da cita en un plazo no mayor a diez días, lapso en el cual verificará que los interesados no estén matrimoniados ante el Registro Civil ni estén inscritos en otra sociedad con otra persona ante el Registro de Notarías.

El día de la cita, los interesados deberán ratificar, acompañados de sus testigos y previo pago de 42.90 pesos por el servicio, su deseo de convivir al amparo de la Ley de Sociedad de Convivencia.

El segundo formato se refiere a la Modificación y Adición de la Sociedad, las cuales podrían ser en lo referente al patrimonio; y el tercero es para avisar que se termina. Esto último lo puede hacer alguno de los convivientes, y para ninguno de estos casos se requiere cita.

Con base en información de organizaciones civiles, García Ochoa afirmó que hay 580 personas interesadas en establecer convenios de este tipo, y hasta el momento no hay registro oficial al respecto debido a que la ley todavía no inicia su vigencia, precisamente por la falta de los lineamientos que mañana se publicarán.


rcr / jcm

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